Salud Laboral

ACCIDENTE LABORAL:
¿QUÉ HACER?
28 de Abril
DÍA INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

SSL11

 

DECÁLOGO DE PREVENCIÓN

MANIFIESTO

BOLETÍN DIGITAL DE
SALUD LABORAL
Comunicados anteriores
(nuestro punto de vista)
SALUD LABORAL Y MUJER

Informe 2006

SALUD LABORAL 10 AÑOS DESPUÉS

PROTOCOLOS DE SALUD LABORAL

bn El Servicio de Relaciones Laborales y Salud Laboral de la Dirección General de Personal Docente ha desarrollado un PLan de actuación en materia de prevención de riesgos laborales y así se nos informó en una reunión mantenida el 20 de mayo de 2010

  1. Notificación de deficiencias en materia preventiva y solicitud de evaluación de riesgos laborales.
  2. Notificación de accidentes de trabajo del personal docente( Funcionario e interino)
  3. Solicitud de reconocimiento de accidente en acto de servicio
  4. Actuación en caso de accidente de trabajo del personal interino ( Ibermutuamur)
  5. Reconocimientos médicos
  6. Simulacros de evaluación e instrucciones

Desde SUATEA reclamamos la ampliación de los actuales Protocolos en materia de Salud Laboral, que recojan el protocolo de actuación en caso de ENFERMEDAD PSICO-SOCIAL y de URGENCIA SANITARIA.

nu Regulación legal del Acoso Laboral

Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 6 de abril de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre el Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado ( BOE 01-06-2011 )

RECONOCIMIENTO DE ENFERMEDADES LABORALES PARA DOCENTES

ACCIDENTES DE ALUMNADO EN LABORATORIOS

Normativa básica general

bvDe carácter estatal:

  • Ley 31/1995, de 8 de noviembre,de Prevención de Riesgos Laborales (BOE 10-09-95)
  • R.D. 39/1997, de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención (BOE 31-1-97)
  • R.D. 485/1997, de 14 de abril, sobre Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo (BOE 23-4-97)
  • R.D. 486/1997, de 14 de abril, que establece Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo (BOE 23-4-97)
  • R.D. 487/1997, de 14 de abril, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso-lumbares para los trabajadores (BOE 23-4-97)
  • R.D. 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (BOE 23-4-97)

bvDe carácter autonómico:

  • Decreto 33/1999, de 18 de junio, que regula a organización y funcionamiento del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración del Principado de Asturias. (BOPA 25-06-99)
  • Decreto 32/2000, de 13 de abril, que regula la organización y el funcionamiento delInstituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales (BOPA 19-04-00)
  • Resolución de 14 de agosto del 2000, de la Consejería de Trabajo y Promoción de Empleo, por la que se crea el Registro de las actas de designación, nombramiento o elección de los Delegados de Prevención en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, adscrito a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral. (BOPA 4-09-00)