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COMUNICADOS |
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Los STES han presentado hoy un recurso ante el Tribunal Supremo contra los 3 decretos que regulan las enseñanzas mínimas de Infantil, Primaria y Secundaria, por considerar que la enseñanza de las religiones tal como aparece regulada en la LOE no se ajusta a los preceptos constitucionales.
Desde nuestro punto de vista, hay suficiente jurisprudencia tanto del Tribunal Supremo como del propio Tribunal Constitucional que avala la neutralidad del Estado frente a las convicciones o creencias de la ciudadanía y las organizaciones confesionales. A pesar de que el artículo 27.3 de la Constitución refleja "el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones", no se puede identificar formación con enseñanza reglada, y de este derecho no se puede tampoco deducir la existencia de una asignatura más dentro del sistema educativo, que genera además obligaciones en el alumnado que opta por no recibirla.
Asimismo, cabe añadir la más que dudosa constitucionalidad de determinados artículos recogidos en los acuerdos predemocráticos con el Estado Vaticano, de manera notoria aquel que establece que "la educación que se imparta en los centros docentes públicos será respetuosa con los valores de la ética cristiana".
El modelo, en definitiva, que establece la LOE supone una dejación de la responsabilidad de educar por parte del Estado, ya que delega una parte de la enseñanza en entidades religiosas cuyos fines legítimos no coinciden, en ocasiones, con el principio consagrado en el artículo 27.2 de la Constitución que alude al "pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales".
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