Legislación educativa / Condiciones laborales / B.O.E.-B.O.P.A.
 

Retribuciones:
Revisa tu nómina para el 2008
(cálculo provisional A PESAR del Decreto de Retribuciones del Principado de Asturias)

 
 

Retribuciones mensuales integras de los distintos cuerpos docentes (bruto).

Descuentos sobre las retribuciones brutas.

Complementos específicos de carácter singular: órganos de gobierno unipersonales

Otros complementos específicos de carácter singular.

Retribuciones mensuales integras generales de los distintos cuerpos docentes (bruto)

 

MAESTRO/A

GRUPO B

PROFESOR/A TÉCNICO DE F.P.
GRUPO B
PROFESOR/A SECUNDARIA
GRUPO A
CATEDRÁTICO/A

GRUPO A
SUELDO BASE

963,37 €

963,37 €

1.135,11 €

1.135,11 €

C.DESTINO

487,01€.

599,76 €

599,76€.

718,37 €

C.ESPECÍFICO (GENERAL + COM.AUTÓNOMA) (*) APROX.

481,02 €

481,02 €

481,02 €

531,92 €

TRIENIO

34,92 €

34'92 €

43,63 €

43,63 €

C. ESPECÍFICO FORMACIÓN PERMANENTE
(SEXENIOS)
97, 86 €.
72,04€
  169, 90 € (acumulado)
96,01 €
265,91 € (acumulado)
131,40 €
397,31 € (acumulado)
38,68 €
435,99 € (acumulado).
PROFESORADO INTERINO : El 100% del sueldo, complemento de destino, complemento específico (general y autonómico), complemento transitorio (de 35,23 €, este complemento será de aplicación también a los funcionarios SIN sexenios) más trienios.
PAGAS EXTRAORDINARIAS = SUELDO BASE + TRIENIOS + COMPLEMENTO DE DESTINO +
en Junio (*)
en Diciembre (*)
3/6 del resto de complementos (Específico general, Autonómico, de Formación y de Puestos singulares) percibidos por cada persona 4/6 (66,69%)del resto de complementos (Específico general, Autonómico, de Formación y de Puestos singulares) percibidos por cada persona
Aprobado para todos los funcionarios del Estado (Ley de Presupuestos Generales del Estado, Título III, Capítulo I, apartado 4 ( BOE, 29/12/ 2006))

- ADHERIDOS A LA CARRERA PROFESIONAL:
Maestros y prof. Técnicos de FP: 136 €/mes (a cuenta)
Catedráticos y profesores de secundaria: 212,50 €/mes (a cuenta)

- COMPLEMENTO DE INCENTIVO AL RENDIMIENTO: 76,51 € (una sola vez al año, a cobrar en marzo. Vinculado al absentismo, aunque no están definidos los requisitos)  

- EL COMPLEMENTO DE COMUNIDAD AUTÓNOMA (221,38 €) está incluido dentro del Complemento Específico.

Descuentos sobre las retribuciones brutas.

 

MAESTRO/A

GRUPO B

PROFESOR/A TÉCNICO DE F.P.
GRUPO B
PROFESOR/A SECUNDARIA
GRUPO A
CATEDRÁTICO/A

GRUPO A
MUFACE
1'69 % del haber regulador

35,61€

35,61€

45,25 €

45,25 €

DERECHOS PASIVOS
3'86 % del haber regulador

81,34 €

81,34 €

103,35 €

103,35 €

RETENCIÓN POR I.R.P.F.
En función del total bruto anual.
PROFESORADO INTERINOEl régimen de descuentos es diferente englobándose en el epígrafe de CUOTA OBRERA con un descuento del 6'5% de la base de contingencia general (4'7% de contingencias comunes, 1'55 de desempleo y 0'1 de formación) más la parte proporcional de pagas extras.

Cálculo de la retención por I.R.P.F.
Modificación del Reglamento del I.R.P.F. aprobado por R.D. 1757/2007, de 28 de diciembre.


El resultado es la base de retención IRPF:

Base para calcular el tipo de retención. Hasta €

Cuota íntegra €

Resto base para calcular el tipo de retención. Hasta €

Tipo aplicable
Porcentaje

0 €.
17.707,20 €.
33.007,20 €.
53.407,20 €.

0 €.
4.249,73 €.
8.533,73 €.
16.081,73 €.

17.707,12 €.
15.300,00 €.
20.400,00 €.
En adelante

24 %
28 %
37 %
43 %


Dividiendo la cuota hallada por el bruto anual y multiplicando por 100 se obtiene el tipo de retención (con dos decimales). En contratos de menos de un año el tipo mínimo es el 2%.
Existe un Programa de Ayuda de la Agencia Tributaria para efectuar el cálculo de las Retenciones IRPF.

Apartado 1 del artículo 81: "No se practicará retención sobre los rendimientos de trabajo cuya cuantía, determinada según lo previsto en el artículo 81.3 de este Reglamento, no supere el importe anual establecido en el cuadro siguiente en función del número de hijos y otros descendientes y de la situación del contribuyente".


Situación del contribuyente

Número de hijos y otros descendientes

0

1

2 o más

Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente

-----------

12.996 €

14.767 €

Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 €/año, excluidas las exentas

12.533 €

13.985 €

16.102 €

Otras situaciones

9.843 €

10.569 €

11.376 €


Complementos específicos de carácter singular: órganos de gobierno unipersonales.


CENTROS DE SECUNDARIA

TIPO DE CENTRO
Según nº de alumnos

TIPO A
+ 800 alumnos + Centros Enseñanza Artística de G.S.

TIPO B
800/400 alumnos y Centros de Enseñanza Artística de Grado Medio y Escuela de Deporte

TIPO C
- 400 alumnos

DIRECTOR

658,66 €.

569,01 €

516,24 €

SECRETARIO Y/O
JEFE DE ESTUDIOS


345,55 €


340,00 €


246,88 €

JEFE DE ESTUDIOS ADJUNTO

165,70 € (en centros de Secundaria, FP y asimilados)

J. DEPARTAMENTO
67,46 € (en centros de Secundaria, FP y asimilados)
Jefe de Residencia
112.03 € (En centros de Enseñanzas Integradas)

Director de Residencia

67.54 € (En centros de Enseñanzas Integradas)

CENTROS DE E. INFANTIL Y PRIMARIA, E.ESPECIAL, C.R.A.s y E.P.A.

TIPO DE CENTRO
Según nº unidades

TIPO A
>27 un.

TIPO B
26-18 un. + Centros Específicos de Educación Especial

TIPO C
17-9 un.

TIPO D
8-1 un.

DIRECTOR

541,99 €

491,78 €

359,25 €

268,81 €

SECRETARIO

255,09 €

213,98 €

208,44 €

153,76 €

J. DE ESTUDIOS

255,09 €

213,98 €

208,44 €

---------


Otros complementos específicos de carácter singular.


MAESTROS/AS EN C.R.A.s

67,54 €

MAESTROS/AS EN E.S.O.
se cobra bajo el eufemismo "Gratificación por servicios extraordinarios"

Tiempo Total: 112,76 € ---- Parcial: 7,37 €/hora

PROFESORADO MÚSICA Y AA.EE. EN CONSERVATORIO SUPERIOR

133,73 €

C.P.R.s

TIPO A ( Zona Centro)

TIPO B (Oriente y Occidente)

DIRECTOR

569,02 €

491,78 €

ASESOR EN C.P.R.

347,00 €

347,00 €

SERVICIO DE ORIENTACIÓN

DIRECTOR DE EQUIPO

221,15 €

MAESTRO ORIENTADOR

145,37 €

ASESOR TÉCNICO DOCENTE

TIPO A

TIPO B

551,32 €

347,00 €

KILOMETRAJE

0'21 € / KM.